TÉRMINOS Y CONDICIONES

Mediante el uso de la Plataforma Mesa de Partes Virtual, las personas naturales y jurídicas pueden remitir sus documentos al Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja de manera digital, y sin tener que acercarse a la sede.
La documentación que se presente, así como los archivos adjuntos que formen parte del trámite realizado por los administrados, son de absoluta responsabilidad de quien remite los mismos, condicionado al Principio de presunción de veracidad y al Principio de Privilegio de Controles Posteriores del TUO de la Ley n.° 27444, y ser sometidos en los casos que la administración de justicia del país lo requiera. Asimismo, el ciudadano y personas en general tienen el deber general de comprobar previamente a su presentación ante el Instituto Nacional de Salud del Niño – San Borja, la autenticidad de la documentación sucedánea y de cualquier otra información que se ampare en la presunción de veracidad.

Para optimizar su trámite documentario virtual, es necesario tener en cuenta:

  1. La mesa de partes virtual se encuentra disponible: De lunes a domingo, las 24 horas del día.
  2. En el marco de la Ley Nro. 31465, que se encuentra vigente desde el 05 de mayo del 2022, los documentos ingresados entre las 00:00 horas hasta las 23:59 horas se consideran presentados dentro del mismo día hábil. Se considerará que un documento ha sido presentado dentro del día hábil cuando la carga de dicho documento haya sido finalizada y enviada hasta las 23:59 horas del mismo día hábil.
  3. Los documentos presentados los sábados, domingos y feriados, se considerarán presentados al siguiente día hábil.
El ciudadano y persona en general que consigne alguna dirección de correo electrónico que conste en el expediente, otorga su autorización o consentimiento expreso para que sea notificado a través de ese medio; la notificación surte efecto el día que conste haber sido recibida, y, además, dicha notificación tiene la misma validez que las notificaciones realizadas por medios físicos tradicionales, para lo cual cumplen con las siguientes exigencias: oportunidad, suficiencia y debido procedimiento, y, además, forma parte del expediente.
Para trámite de procedimientos administrativos incluidos en el TUPA INSN-SB, se recomienda revisar los requisitos y tasas previstos en el siguiente enlace: Transparencia tupa texto unico de procedimientos administrativos , así como para descargar los formularios; para las Solicitudes de Acceso a la Información Pública en marco de la Ley n.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública, sírvase a descargar el formulario en el siguiente enlace: Transparencia formato de solicitud de acceso a la información.

El documento principal en formato PDF y en caso de contar con anexos ( en formatos pdf , doc , xls , jpg , ppt y zip ), estos no excedan los 20MB cada uno.
Una vez recibido con éxito los documentos, automáticamente, se le remitirá una notificación al interesado mediante correo electrónico, es necesario, adicionalmente, revisar correos spam.
En caso de que la documentación ingresada cuente con alguna observación, incumplimiento de algún requisito, el administrado será notificado al correo electrónico consignado, quien deberá subsanar en el plazo de dos días hábiles de conformidad con el T.U.O de la Ley N° 27444. En caso esto no ocurra, consecuentemente, el documento se tendrá por no presentado por el tiempo de 30 días, hasta la declaración del abandono del procedimiento administrativo.