Estimado usuario:

  • Ponemos a su disposición el presente aplicativo, a través del cual podrá expresar su INSATISFACCIÓN O DISCONFORMIDAD RESPECTO DE LA ATENCIÓN RECIBIDA EN EL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO - SAN BORJA (regulada por el Decreto N° 002-2019-SA).
  • Le informamos que, una vez ingresado el reclamo, el plazo de tramitación del mismo es de 30 días hábiles, según lo dispone el artículo 11 del Decreto Supremo N° 002-2019-SA.

Registro del Libro de Reclamaciones en Salud Web

              
Datos del Paciente
Archivo Adjunto

“Las IAFAS, IPRESS o UGIPRESS deben atender el reclamo en un plazo de 30 días hábiles.
Estimado usuario: Usted puede presentar su queja ante SUSALUD ante hechos o actos que vulneren o pudieran vulnerar el derecho a la salud, o cuando no le hayan brindado un servicio , prestación o coberturas solicitada o recibidas de las IAFAS o IPRESS, o que dependan de las UGIPRESS pública, privada o mixtas.
También ante la negativa de atención de su reclamo, irregularidad en su tramitación o disconformidad con el resultado del mismo o hacer uso de los mecanismos alternativos de solución de controversias ante el Centro de Conciliación y Arbitraje – CECONAR de SUSALUD”